En medio de la suspensión general de plazos administrativos decretada durante la emergencia sanitaria, el Gobierno fue exceptuando de manera puntual determinados procedimientos considerados esenciales para la actividad económica. Este boletín resume las principales normas publicadas el 16 y 17 de mayo de 2020 sobre la materia.
Procedimientos de pesca, acuicultura, MYPE e industria exceptuados
Mediante la Resolución Ministerial N° 160-2020-PRODUCE se aprobó un listado de procedimientos administrativos del subsector Pesca y Acuicultura y del subsector MYPE e Industria cuya tramitación no quedó sujeta a la suspensión de plazos dispuesta por la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 026-2020 ni por el artículo 28 del Decreto de Urgencia N° 029-2020. Entre los procedimientos exceptuados en pesca y acuicultura se incluyen permisos de pesca artesanal, licencias de operación de plantas de procesamiento pesquero, autorizaciones de incremento de flota, certificados CITES de exportación y evaluaciones de instrumentos de gestión ambiental, entre más de 30 trámites. En el subsector MYPE e Industria se exceptuaron, entre otros, la autorización de plantas de explosivos de uso civil y la expedición del sello “Hecho en Perú”. Todos estos trámites debían presentarse a través de la Plataforma de Trámites Digitales de PRODUCE (PTD – Produce Virtual).
Constitución de empresas por internet
La Resolución de Superintendencia N° 086-2020/SUNAT, publicada el 17 de mayo, estableció las disposiciones para la inscripción y activación del RUC de empresas constituidas en Lima y Callao, así como de aquellas constituidas durante la emergencia sanitaria a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-SUNARP). Desde el 25 de mayo de 2020, la constitución de empresas en Lima y Callao —incluyendo la inscripción en el RUC y la entrega de la Clave SOL— se realiza de manera exclusivamente digital, gestionada por los notarios públicos a través de internet.
Reactivación gradual de restaurantes y afines
Mediante la Resolución Directoral N° 00002-2020-PRODUCE/DGE se actualizaron los criterios de focalización territorial e internos para el inicio gradual de la actividad de restaurantes y afines, autorizados a operar mediante entrega a domicilio o recojo en local. Los criterios exigen contar con RUC activo y habido, licencia de funcionamiento, ventas anuales mayores a 50 UIT (o su equivalente mensual de S/ 17,916.00) y más de cinco trabajadores, priorizándose la minimización de actores en regiones con mayores índices de contagio como Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto.
Pago electrónico de impuestos con documentos valorados
La Resolución N° 085-2020/SUNAT habilitó el pago electrónico de impuestos mediante documentos valorados, como los certificados de inversión pública emitidos por los distintos niveles de gobierno, eliminando la necesidad de acudir presencialmente al Banco de la Nación. El trámite se realiza a través del Formulario Virtual N° 1671, disponible en el servicio “Mis declaraciones y pagos” de SUNAT Operaciones en Línea.
Si tu empresa necesita identificar qué procedimientos administrativos continúan vigentes durante periodos de suspensión de plazos, o requiere asesoría para su tramitación, contáctanos y nuestro equipo te acompañará en el proceso.

