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Boletín Legal - 24 de junio 2020

Boletín Legal · 24 de junio de 2020

Boletín Legal - 24 de junio 2020

Se modificaron las medidas complementarias para mitigar los efectos económicos del COVID-19 en trabajadores y empleadores, precisando el subsidio a los trabajadores en suspensión perfecta de labores, mientras SUNAT inició la atención de la declaración de renta 2019 para los principales contribuyentes y SUNARP aprobó nuevos formatos con firma electrónica.

Medidas:

  • El Decreto de Urgencia N° 072-2020 modificó el Decreto de Urgencia N° 038-2020, extendiendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020 y ampliando las medidas compensatorias de la SPL a empleadores con hasta 100 trabajadores cuya remuneración no supere los S/ 2,400.00.
  • La “Prestación Económica de Protección Social de Emergencia” otorga hasta S/ 760.00 por cada mes de suspensión perfecta de labores, hasta un máximo de tres meses, pagada por EsSalud; no aplica a hogares que ya reciban otros subsidios estatales.
  • Los trabajadores pueden recibir el pago mediante una cuenta interbancaria válida o, alternativamente, mediante una cuenta de dinero electrónico regulada por la SBS.
  • Desde hoy, los principales contribuyentes con ingresos anuales de hasta 21 millones de soles (5,000 UIT) en 2019 deben presentar su Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2019 mediante el Formulario Virtual N° 710 a través de SUNAT Operaciones en Línea.
  • La Resolución N° 081-2020-SUNARP/SN aprobó nuevos formatos de Certificado Positivo y Negativo de Inscripción de Testamento con firma electrónica, vigentes desde el 25 de junio a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL).
  • El Decreto Supremo N° 015-2020-TR modificó el D.S. N° 011-2020-TR: los empleadores con ventas iguales a cero pueden aplicar la SPL directamente, y quienes tengan hasta 100 trabajadores no están obligados a acreditar medidas alternativas previas.

Recomendamos a los empleadores con trabajadores en SPL revisar el cálculo del subsidio actualizado, y a los principales contribuyentes verificar el cronograma correspondiente para su declaración de renta.

Si tienes dudas sobre cómo estas disposiciones aplican a tu empresa, nuestro equipo de Asesoría Laboral está a tu disposición. Contáctanos para más información.