SUNAT fijó los porcentajes aplicables a la devolución del Impuesto Selectivo al Consumo del segundo trimestre, mientras que el Ministerio de Trabajo precisó las reglas de la prestación económica de protección social de emergencia (PEPSE) y recordó el vencimiento del plazo para ampliar la suspensión perfecta de labores.
Medidas:
- La Resolución de Superintendencia N° 117-2020/SUNAT aprobó el porcentaje de participación del Impuesto Selectivo al Consumo para determinar el límite máximo de devolución: 16.68% en abril, 18.15% en mayo y 19.44% en junio de 2020, en el marco del Decreto de Urgencia N° 012-2019.
- La PEPSE aplica a trabajadores de empleadores con hasta 100 trabajadores, cuyo hogar no haya recibido otros subsidios estatales, siempre que la remuneración bruta declarada en el PDT PLAME no supere los S/ 2,400.00.
- EsSalud paga la PEPSE dentro de los 5 días siguientes de recibida la información de los trabajadores beneficiarios.
- Hasta el 17 de julio, los empleadores cuya suspensión perfecta de labores venza el 9 de julio podían tramitar su ampliación a través de la plataforma virtual del MTPE, pudiendo extenderse la medida como máximo hasta el 7 de octubre de 2020.
Recomendamos a las empresas exportadoras revisar los porcentajes de devolución del ISC aplicables a sus operaciones, y a los empleadores con trabajadores en SPL verificar los plazos de ampliación vigentes.
Si tienes dudas sobre cómo estas disposiciones aplican a tu empresa, nuestro equipo de Asesoría Laboral está a tu disposición. Contáctanos para más información.

