El boletín del 15 de julio reúne una modificación al protocolo sanitario de telecomunicaciones, el inicio del cronograma para la declaración anual de renta 2019 y dos vencimientos clave para las empresas: el pago de gratificaciones y la suspensión de plazos procesales.
Medidas:
- La Resolución Ministerial N° 0389-2020-MTC/01 modificó el Anexo I del “Protocolo Sanitario Sectorial para la prevención del COVID-19 para los servicios de telecomunicaciones” (aprobado por R.M. N° 258-2020-MTC/01), precisando su alcance.
- Desde el 21 de julio inicia el cronograma para que personas naturales y micro, pequeñas y medianas empresas presenten su declaración anual del Impuesto a la Renta 2019, cuyo plazo original fue postergado por la emergencia nacional.
- El 15 de julio venció el plazo para el pago de gratificaciones; los trabajadores en suspensión perfecta de labores deben recibir el monto proporcional correspondiente.
- El 16 de julio vencía la suspensión de plazos procesales y administrativos (R.A. N° 179-2020-CE-PJ), salvo en los distritos judiciales de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash, donde continúa hasta el 31 de julio.
Recomendamos a las empresas verificar el pago íntegro y oportuno de gratificaciones, incluyendo el monto proporcional de los trabajadores en SPL, para evitar contingencias laborales.
Si tienes dudas sobre cómo estas disposiciones aplican a tu empresa, nuestro equipo de Asesoría Laboral está a tu disposición. Contáctanos para más información.

