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Alerta Laboral - 06. Octubre 2020

Alerta Laboral · 6 de octubre de 2020

Alerta Laboral - 06. Octubre 2020

Mediante la Resolución Ministerial N° 229-2020-TR, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el Ministerio de Trabajo estableció normas complementarias para la aplicación del Decreto Supremo N° 011-2020-TR, que a su vez desarrolla el Decreto de Urgencia N° 038-2020 sobre medidas frente a los efectos económicos del COVID-19.

Ampliación del plazo hasta el 5 de enero de 2021:

  • Debido a la prórroga de la Emergencia Sanitaria (Decreto Supremo N° 027-2020-SA), la Suspensión Perfecta de Labores (SPL) aplicada al amparo del artículo 3.2 del Decreto de Urgencia N° 038-2020 puede extenderse, como máximo, hasta el 5 de enero de 2021.
  • Los empleadores cuya SPL vencía el 7 de octubre de 2020 pueden ampliar, por única vez, el plazo de la medida en virtud de dicha prórroga.

Procedimiento para modificar el plazo:

  • La modificación se tramita en la plataforma virtual del MTPE, entre el 7 y el 11 de octubre de 2020.
  • Si el empleador no realiza la modificación dentro de ese plazo, se entiende que la SPL culmina en su duración inicialmente autorizada.
  • El empleador debe comunicar previamente esta medida a los trabajadores afectados.

Si tu empresa mantiene trabajadores en Suspensión Perfecta de Labores, nuestro equipo de Asesoría Laboral puede ayudarte a evaluar la ampliación del plazo. Contáctanos.