Mediante la Resolución de Superintendencia N° 119-2020-SUNAFIL, publicada en el Diario Oficial El Peruano, se prorrogó del 1 al 31 de agosto de 2020 la suspensión del cómputo de plazos de las actuaciones inspectivas y de los procedimientos administrativos sancionadores del Sistema de Inspección del Trabajo, medida iniciada con la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL y prorrogada previamente por las Resoluciones N° 80, 83, 87 y 98-2020-SUNAFIL.
La suspensión aplica a las instancias de las Intendencias Regionales de SUNAFIL y de las Gerencias o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo en los siguientes ámbitos:
Departamentos:
- Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash.
Provincias específicas:
- Tambopata (Madre de Dios); Santa, Casma y Huaraz (Áncash); Mariscal Nieto e Ilo (Moquegua); Tacna (Tacna); Cusco y La Convención (Cusco); San Román y Puno (Puno); Huancavelica; Cajamarca, Jaén y San Ignacio (Cajamarca); Bagua, Condorcanqui y Utcubamba (Amazonas); Abancay y Andahuaylas (Apurímac).
La prórroga se dictó al amparo del artículo 2 del Decreto Supremo N° 135-2020-PCM, que modifica el Decreto Supremo N° 116-2020-PCM (modificado a su vez por el Decreto Supremo N° 129-2020-PCM).
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