El 30 de julio de 2020 venció el plazo fijado por Indecopi, en el marco de una medida cautelar, para que las empresas de comercio electrónico entregaran los productos adquiridos por sus clientes o, en su defecto, devolvieran el dinero pagado. La medida cautelar alcanza a los pedidos vencidos hasta el 19 de julio de 2020, y su incumplimiento podría derivar en multas de hasta aproximadamente dos millones de soles, según el grado de responsabilidad de cada empresa.
Empresas comprendidas:
- Saga Falabella S.A. (Saga Falabella)
- Tiendas del Mejoramiento del Hogar (Sodimac)
- Homecenters Peruanos S.A. (Promart)
- Supermercados Peruanos S.A. (Plaza Vea)
- Conecta Retail Perú S.A. (Efe / Curacao)
- América Móvil Perú S.A.C. (Claro)
- Cencosud Retail Perú S.A. (Cencosud)
- Rash Perú S.A.C. (Coolbox)
- Entel Perú S.A. (Entel)
- Hipermercados Tottus S.A. (Tottus)
- Importaciones Hiraoka S.A. (Hiraoka)
- Tiendas Peruanas S.A. (Oechsle)
- Tiendas por Departamento Ripley S.A. (Ripley)
Las empresas alcanzadas por la medida deben poder acreditar, ante requerimiento, el cumplimiento de la entrega del producto o la devolución del dinero correspondiente a sus clientes.
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